lunes, 7 de febrero de 2011

La justicia y sus límites


La mayoría de los militares y civiles que han recibido sentencia y han sido enviados a prisión convencional o domiciliaria (no llegan a quince) fueron procesados por “homicidio muy especialmente agravado”. Lo mismo sucedería con las decenas que están siendo citados por los tribunales desde el 1 de febrero.
El problema es que ese delito, en la jurisprudencia uruguaya, prescribe a los 26 años y ocho meses.
Como la fecha a partir de la cual se inicia la cuenta regresiva es el 1 de marzo de 1985, día de la instalación del primer gobierno democráticamente electo tras el fin de la dictadura, las causas de ese tipo caducarían el 1 de noviembre próximo.
“Todos los abogados de derechos humanos y buena parte de los fiscales pensamos que en realidad los crímenes que se están juzgando, desde la tortura hasta la desaparición forzada, pasando por el secuestro y el homicidio políticos, son de lesa humanidad, y por tanto imprescriptibles, pero los jueces, por ahora, no lo entienden así”, comentó el abogado Juan Errandonea.
"La figura de delitos de lesa humanidad recién fue incorporada a una ley en 2006, y los jueces consideran que los crímenes cometidos antes de esa fecha no pueden ser juzgados con ese parámetro”.
Errandonea es parte acusadora en uno de los procesos más sonados de estos últimos tiempos en Uruguay, el que se le instruye al general Miguel Dalmao, el único oficial en actividad que ha sido enviado a prisión por crímenes cometidos en dictadura.
Existe una posibilidad de que las cosas cambien, y a ella se aferran tanto los abogados como las organizaciones humanitarias, de familiares de las víctimas y de ex presos: la Suprema Corte de Justicia tiene a estudio desde recursos presentados por la fiscal Mirtha Guianze para modificar la tipificación de casos de homicidio especialmente agravado a desaparición forzada.
Allí el panorama sería otro, porque si la justicia uruguaya se alineara con la tendencia que está primando a nivel internacional en la jurisprudencia, de que estos crímenes políticos son delitos de lesa humanidad, no correría la prescripción. En particular el delito de desaparición forzada, que sería considerado un delito permanente hasta que se encuentre el cuerpo de la víctima o se tenga la certeza de que falleció de alguna manera fehaciente, no como hasta ahora que tenemos presunciones, señaló la fiscal Guianze.
“En Argentina, Perú, Chile, en las sentencias a las que he tenido acceso, está aceptado que los delitos cometidos en el marco de las dictaduras del Cono Sur son claramente de lesa humanidad”, comentó.
En esos países la justicia se aviene a “las elaboraciones doctrinarias que se han hecho desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, cuando empezó a considerarse -por entonces en relación al nazismo- que hay determinados delitos de tal gravedad tal que la humanidad tiene la obligación de perseguirlos”.
La ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, aprobada en 1986 con el objetivo de que ningún militar fuera castigado por las barbaridades realizadas entre 1973 y 1985, retardó y mucho la posibilidad de hacer justicia. No anuló todas las posibilidades de castigo, porque algún resquicio dejó y permitió que unos pocos fueran sentenciados, “pero impuso un atraso enorme”, afirmó la fiscal.
“De no haber existido esa ley no estaríamos corriendo detrás de los plazos”.
Los intentos de anular la ley del 86 hasta ahora han fracasado. En dos plebiscitos (1989 y 2009) y en el parlamento. El gobernante Frente Amplio decidió en su último congreso, que precedió de poco a las elecciones que lo llevaron por segunda vez al poder, en noviembre de 2009, sumarse a los esfuerzos por anular la ley de Caducidad.
Sin embargo, fue notorio que algunos de sus sectores poco hicieron para concretar ese objetivo en el plebiscito realizado junto a las elecciones. Y luego, una vez presentado desde las propias filas de la coalición un proyecto para anular el texto en el parlamento, anunciaron que no sumarían los votos de sus legisladores y es muy probable que el nuevo intento fracase. El proyecto de anulación recibió media sanción en la cámara de Diputados, pero chocaría contra un muro en el Senado.
De todas maneras, las presiones del movimiento social para que la “ley de impunidad” de 1985 desaparezca continúan. Y también las presiones exteriores.
La Corte Interamericana de Justicia ha instado varias veces al Estado uruguayo a “suprimir de su ordenamiento jurídico” una ley que “contraviene” todas las disposiciones internacionales en la materia, y podría darse la paradoja de que Uruguay sea condenado por ese organismo cuando está gobernado por un partido de izquierda, en cuyas filas militaron o militan la gran mayoría de las víctimas de la dictadura.

Daniel Gatti, Rel-UITA

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