domingo, 17 de abril de 2011

Hacia el fin de la transición



La anulación de la ley de caducidad, iniciada el martes 12 de abril por la mayoría frenteamplista en la cámara de Senadores, abrió especulaciones en el escenario judicial, político y social uruguayo. Unos estudian cuántas causas pueden ser reabiertas, cuántos militares desfilarán por los juzgados y qué decisiones puede adoptar el Poder Judicial. Otros, apuntan a las consecuencias de la renuncia del senador Fernández Huidobro y la repercusión en el tablero político. Finalmente, se aguardan las reacciones de los criminales de lesa humanidad y las acciones de las organizaciones de derechos humanos. La transición termina y abre un debate sobre la democracia que se quiere.

Veinticinco años después de su aprobación, la Ley 15.848 por la que se otorgó impunidad a los militares y policías que violaron los derechos humanos en los años de la dictadura será finalmente anulada. Cuatro períodos de gobierno, cientos de miles de firmas para posibilitar dos plebiscitos, quince marchas anuales de silencio, extensas jornadas de debate parlamentario, horas de televisión y radio, toneladas de papel escrito con ríos de tinta, mantuvieron -desde el mismo 22 de diciembre de 1986 en que fue aprobada- el debate sobre la polémica norma impuesta por un voto en aquel Parlamento.
La Ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado, comenzó a ser anulada ahora en el Senado, también por un voto, y antes del próximo 20 de mayo –cuando se realice la XXVI Marcha del Silencio- la cámara de Diputados terminará de dejarla “sin efecto”, como exigió a Uruguay en una condena la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y como reclamaban las organizaciones no gubernamentales, los familiares de de los desaparecidos, de los muertos y las propias víctimas de la tortura implementada en forma sistemática por la represión desatada entre 1973 y 1985.
El lento proceso de anulación se produce finalmente en el mismo Parlamento que la creó, luego de tres años de discusiones sobre una ley interpretativa dentro del mayoritario Frente Amplio, que para su primer período de gobierno, bajo la presidencia de Tabaré Vázquez, había excluido de su programa electoral la modificación de la resistida ley, pero que en su última plataforma electoral, con la que fue electo el presidente José Mujica y se obtuvo la actual mayoría parlamentaria, había vuelto a incorporar una expresa cláusula programática para la eliminación de la caducidad.
En el debate parlamentario, los legisladores blancos y colorados –hoy minoritaria oposición- acusaron al Frente Amplio de no respetar la voluntad ciudadana que en dos plebiscitos “ratificó” la ley. El 16 de abril de 1989, bajo amenaza de golpe de Estado, la ley fue mantenida por el voto amarillo con un 57% contra un 43% de voto verde que pedía su derogación. El 25 de octubre de 2009 el voto rosado, propiciado por el Pit-Cnt para la anulación de la ley, llegó al 47,98% y no logró a la mitad más uno de los sufragios incluidos votos en blanco y anulados. Ese mismo día, el Frente Amplio obtuvo la mayoría parlamentaria con la que el martes, finalmente, empezó a eliminar la ley.

ENTRETELONES POLÍTICOS

Dos de los tres legisladores que en la coalición estaban en contra de la ley interpretativa de anulación de la caducidad terminaron cambiando su voto luego que un Congreso del Frente Amplio declarará el tema como “asunto político” y mandatara a sus legisladores. Sólo el ex nacionalista Jorge Saravia se mantuvo en contra. El ex vicepresidente Rodolfo Nin Novoa pidió licencia para que ingresara su suplente, Gustavo Guarino, quien acató la decisión política. El ex guerrillero Eleuterio Fernández Huidobro mantuvo la obediencia partidaria, pero a la vez que expresaba su voto a favor, argumentó en contra de la ley y anunció su renuncia a la bancada parlamentaria.
El abandono de una banca parlamentaria en discrepancia con un mandato político del Frente Amplio ya había ocurrido en la anterior legislatura, cuando el diputado Guillermo Chifflet dejo la cámara baja por negarse a aprobar un envío de tropas a Haití. Pero el peso político de Fernández Huidobro genera hoy suspicacias sobre la reacción que tendrá su grupo, la CAP-L, que desde hace años reclama sin suerte un lugar en la ejecutiva Mesa Política de la coalición. “El Ñato no se va para la casa, va a seguir militando y haciendo política”, confían sus allegados quienes destacan el gesto del presidente Mujica, quien se apersonó al Senado para saludar a su viejo amigo.
Algunos observadores hacen especulaciones sobre quién sucederá a Fernández Huidobro en la banca de la cámara alta, ya que ocasionalmente la ocupa su secretario, el ex diputado Carlos Gamou, pero su suplente oficial es el actual ministro de Defensa Nacional, Luis Rosadilla, quien también se pronunció en contra de la ley interpretativa. Los analistas llegan a hacer “política ficción” en el manejo de una serie de “enroques” dentro del gabinete del presidente Mujica, quien se reunirá con Rosadilla y los tres comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas para tratar el tema de la anulación de la ley de caducidad.
El escenario también fue condimentado con crónicas que recordaron entretelones del Pacto del Club Naval donde frenteamplistas, colorados y militares acordaron las elecciones con “proscriptos” en 1984 con los derechos humanos “sobrevolando”; las reuniones de Wilson Ferreira Aldunate con los militares en 1986 que derivaron en la Ley de Caducidad; y un acuerdo entre el MLN y la logia militar Tenientes de Artigas en los noventa (tras el homicidio del ex tupamaro Ronald Scarzella el 23 de abril de 1993) por el cual, según reveló el coronel José Carlos Araújo del Foro Libertad y Concordia, se selló un compromiso de “excombatientes” para terminar con el “revisionismo”.

LA SUPREMA DECISIÓN

Mientras uno debaten sobre los argumentos expuestos en la larga sesión parlamentaria y otros insisten con la ya rechazada posibilidad de que el presidente Mujica vete la ley interpretativa, muchos conocedores ponen sus ojos en el escenario judicial donde la Suprema Corte de Justicia (SCJ) podría tomar determinaciones que definirán el rumbo de las causas de los derechos humanos y pueden asentar jurisprudencia en la materia para resolver una serie de dudas sobre tipificaciones penales, tiempos de prescripción de los delitos y la constitucionalidad o no de las normas que está aprobando el Poder Legislativo y que pueden ser reclamadas ante el máximo órgano judicial uruguayo.
A fines de 2009 la fiscal Mirtha Guianze presentó un recurso de casación sobre la sentencia que el juez penal de 19º Turno, Luis Charles, dictó al procesar a ocho ex militares, dos ex policías y un ex soldado por el secuestro en Argentina y desaparición del militante del PVP, Adalberto Soba. El reclamo ante la SCJ no refería a la eventual inocencia de Gavazzo, Arab, Rama, Maurente, Vázquez, Silveira, Medina, Sande y Soca, sino a la tipificación del delito. Guianze pidió “desaparición forzada” y Charles procesó por “privación de libertad especialmente agravado”.
La diferencia entre la fiscal y el juez está para resolución de los ministros de la Corte, quienes tienen que decidir si asiste razón al ministerio público que pide aplicar la Ley 18.026 por la que desde el 25 de setiembre de 2006 se adaptó el Tratado de Roma a la normativa uruguaya y se incorporó al Código Penal la tipificación de delitos de lesa humanidad, que son imprescriptibles, inamnistiables y perseguibles en cualquier tiempo en que se hayan cometido, o en la causa corresponde mantener la vieja normativa por la que no se tipifican la tortura, la desaparición forzada y otros delitos que ya existen en los convenios y tratados internacionales.
La Suprema Corte de Justicia dio una señal favorable al ministerio público el 25 de marzo último cuando desestimó un recurso en contra de la jueza Mariana Mota por el procesamiento del ex coronel Carlos Calcagno en el caso de desaparición de Nelson Santana y Gustavo Inzaurralde. Los defensores del militar, con el apoyo público del ex presidente Jorge Batlle y el ex vicepresidente Gonzalo Aguirre, acusaron a la jueza de pretender que el coronel se “autoincriminara”. Otro tanto ocurre con la muerte de Nibia Sabalsagaray, por la que el general Miguel Ángel Dalmao fue procesado como cómplice de homicidio por negarse a decir quién fue el autor material del crimen.
La decisión que en la materia adopte la SCJ, puede desechar los ya anunciados reclamos de inconstitucionalidad contra la ley interpretativa de la caducidad que se está aprobando, y resolver, a la vez, la discusión sobre si en noviembre próximo prescribirían o no buena parte de las causas por violaciones a los derechos humanos. Si el sistema judicial uruguayo admite definitivamente la tipificación de crímenes de lesa humanidad –que sólo se mantiene hoy en la causa contra el dictador Juan María Bordaberry- el país se habrá incorporado a la modernidad de la persecución delictiva como establecen convenciones y organismos internacionales.

ASUNTOS PENDIENTES

En los juzgados penales, mientras tanto, se aguarda sin mayor expectativa la presentación de nuevas denuncias penales por violaciones a los derechos humanos, mientras se continúa con los casos del homicidio del estudiante Ramón Peré, la muerte de Cecilia Fontana de Heber, el Caso Gelman, las desapariciones de Horacio Gelós Bonilla y Julio Castro, el secuestro de los niños Julién Grisonas, una causa por 19 muertes por tortura, el caso de los Fusilados de Soca y la denuncia por torturas en Boisso Lanza presentada por el colectivo de ex presos políticos nucleados en Crysol.
Entre las causas que se presume pueda pedirse la reapertura judicial una vez anulada la ley de caducidad, se encuentran todos los casos de desaparecidos en Uruguay (Carlos Arébalo, Luis Arigón, José Arpino Vega, Oscar Baliñas, Ricardo Blanco, Eduardo Bleier, Juan Brieba, Julio Correa, Oscar De Gregorio, Claudio y Lila Epelbaum, Julio Escudero, Luis Eduardo González, Mónica Grispón y Claudio Logares, Miguel Mato Fagián, Fernando Miranda, Otermín Montes de Oca, Félix Ortiz, Antonio Paitta, Amelia Sanjurjo y Oscar Tassino), el homicidio de Diana Maidanik, Laura Raggio y Silvia Reyes, como las circunstancias en las que murieron 116 personas durante la dictadura.
La anulación de la ley y la reapertura de las causas es analizada por los servicios de inteligencia uruguayos que tienen “bajo observación” a una serie de grupos de ex militares o de confesa definición nazi que podrían realizar “acciones militares” –según ya adelantó Caras&Caretas- en algunas fechas claves como el pasado 14 de abril (Día de los caídos en la lucha contra la subversión por el que ayer se realizaban dos actos públicos), el 19 de abril (en relación a la robada Bandera de los 33 Orientales), el 20 de abril (natalicio de Adolfo Hitler) o el 18 de Mayo (Día del Ejército y fecha en que fueron muertos cuatro soldados custodios del general Florencio Gravina en 1972).
Entre los “grupos objetivos” que analizan los servicios de inteligencia, se incluyen dos organizaciones nazis identificadas que ya realizaron pintadas en las ciudades de Flores y San Carlos, como la organización de ex oficiales militares de Maldonado que integran los ex represores coroneles José Baudean y Eduardo Ferro (quien ha vuelto a desempeñarse en el turístico Hotel Dunas de Punta del Este) y los ex oficiales Héctor Varela González, Alfredo Campos y Mario Musto, entre otros militares retirados que suelen realizar prácticas de combate y tiro en un polígono de ese departamento.
La anulación de la Ley de Caducidad, a veinticinco años de su aprobación, abre también un debate sobre la democracia que los uruguayos quieren (no pocos piensan ya en una asamblea constituyente), donde la institucionalidad de país, la pluralidad de ideas en el ámbito político, la autonomía en las decisiones del poder judicial y la garantía de la seguridad pública, terminarán de establecer el esperado final de la larga transición vivida desde los años de la dictadura cívico militar, para dar comienzo a una nueva etapa sin impunidad en la que se asegure que aquello no ocurra nunca más.

Roger Rodriguez
Blog El Muerto en Kaos en la Red

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