miércoles, 24 de abril de 2013

Que se vaya la Suprema Corte de Justicia!




Los familiares, las organizaciones de los DD.HH. y la Jueza Mariana Mota TENÍAN RAZÓN! Qué se vaya la Corte! Qué se reponga a la Jueza Mota en su cargo para el enjuiciamiento a los criminales de lesa humanidad! Qué Mujica le pida disculpas públicas a la Jueza Mota!
Organismo dice que no prescriben
"El Comité desea destacar el carácter continuo del delito de desaparición forzada (...) y recordar los términos en los que ésta (la Convención) regula el régimen de prescripción de este delito, así como destacar su carácter de imprescriptible cuando sea de lesa humanidad", concluyó el organismo de la ONU.

ONU se suma a las críticas a la Justicia por Caducidad

El Comité Contra la Desaparición Forzada de la ONU se sumó a las críticas al fallo de la Suprema Corte de Justicia que declaró prescriptos los delitos cometidos durante la pasada dictadura en Uruguay.
La semana pasada, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA y la Institución de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo -que depende del Parlamento- cuestionaron el fallo de la SCJ e hicieron hincapié en que incumple la sentencia de la CIDH referida a la desaparición de María Claudia García de Gelman, ocurrida en 1976.
La resolución de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) de febrero pasado, que declaró inconstitucional la ley interpretativa de la ley de Caducidad (que había establecido que los delitos contra los derechos humanos cometidos durante la dictadura son imprescriptibles por considerarse casos de lesa humanidad), continúa generando reacciones contrarias de organismos internacionales.
La semana pasada, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA y la Institución de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo -que depende del Parlamento- cuestionaron el fallo de la SCJ e hicieron hincapié en que incumple la sentencia de la CIDH referida a la desaparición de María Claudia García de Gelman, ocurrida en 1976.
Ayer lunes se conoció un dictamen del Comité Contra la Desaparición Forzada de la Organización de Naciones Unidas (ONU), que cuestiona el criterio de la Corte uruguaya, "en virtud del cual las personas desaparecidas hace más de 30 años son consideradas como fallecidas imputando a los acusados el delito de homicidio especialmente agravado, con las consecuencias" que tal decisión podría acarrear "en materia de prescripción".
"El Estado debería asegurar que las desapariciones forzadas sean investigadas como tales y los responsables sancionados por este delito independientemente del tiempo transcurrido desde el inicio de la conducta delictiva", dice el Comité de la ONU, integrado por 10 expertos independientes de diferentes nacionalidades.
En su comparecencia ante este Comité, la delegación del gobierno uruguayo informó sobre la sentencia de la SCJ. El gobierno explicó que "los dos artículos declarados inconstitucionales establecían que no se computaría plazo alguno procesal, de prescripción o de caducidad (...) para los delitos cometidos durante el gobierno cívico-militar, y que los mismos constituían crímenes de lesa humanidad", los que para la ONU son imprescriptibles.
"El Comité desea destacar el carácter continuo del delito de desaparición forzada (...) y recordar los términos en los que ésta (la Convención) regula el régimen de prescripción de este delito, así como destacar su carácter de imprescriptible cuando sea de lesa humanidad", concluyó el organismo de la ONU.

CRÍTICAS.

La pasada semana, la CIDH notificó sobre la supervisión de la sentencia del caso Gelman contra Uruguay.
En la comunicación se destacó que Uruguay cumplió con varios aspectos de la sentencia, pero crítica la decisión de la SCJ que declaró inconstitucional la ley interpretativa de la Caducidad.
Señaló que es un obstáculo que "podría impedir el acceso a la justicia de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos" y que "podría representar un instrumento de perpetuación de la impunidad y el olvido".
El organismo de la OEA le recuerda a la SCJ que la sentencia es vinculante para el Estado uruguayo.
"Es incompatible con las obligaciones internacionales del Estado que este deje de cumplir con estas obligaciones, en detrimento del derecho de las víctimas de acceso a la justicia, amparándose en una situación de impunidad que sus propios poderes y órganos hayan propiciado mediante la generación de obstáculos de jure o de facto que impidieran realizar las investigaciones o llevar adelante los procesos durante determinado período", expresa la resolución
También la semana pasada y refiriéndose al fallo de la SCJ, una resolución de la Institución Nacional de Derechos Humanos afirmó que "los Estados deben acatar, en virtud del principio de derecho internacional, las obligaciones asumidas internacionalmente de buena fe, y no pueden invocar razones de derecho interno ni interpretación alguna para dejar de asumir la responsabilidad internacional".
En marzo, una misión de la Comisión Internacional de Juristas había adelantado que Uruguay sería observado por organismos internacionales tras la decisión de la SCJ.
A las críticas internaciones se al fallo de la SCJ, se añaden los cuestionamientos internos, fundamentalmente del Frente Amplio y el Pit-Cnt y las recusaciones de cinco fiscales a los ministros de la Corte.
Nuevo logro democrático! Qué se vaya la Corte!

Colectivo Noticias Uruguayas

No hay comentarios: